Nacionales

Por ley, ahora se penalizará a las empresas corruptas

Las sanciones van desde multas hasta la quita de la actividad por un plazo máximo de diez años.

La Cámara de Diputados convirtió este miércoles por la tarde en ley por 141 votos contra 6, y 31 abstenciones el proyecto que penaliza la corrupción empresaria, con sanciones que van desde multas hasta la quita de la actividad por un plazo máximo de diez años y la suspensión de participar en las licitaciones convocadas por el Estado Nacional a aquellas empresas involucradas en delitos contra la administración pública.

La norma, impulsada por Cambiemos, tuvo el apoyo del Frente Renovador de Sergio Massa y del bloque Justicialista de Diego Bossio. El Frente para la Victoria se abstuvo y la izquierda votó en contra. El resultado fue 141 a favor, 6 en contra y 31 abstenciones.

Desde el oficialismo el discurso fue el mismo entre todos los diputados. La primera en hablar fue Burgos, quien pidió que esta ley sea “un primer paso” para que la Argentina “no haga corrupción con las personas jurídicas”. Y mencionó los casos de Julio De Vido y Amado Boudou, ambos detenidos por defraudar al Estado con ayuda de empresas. “Es una nueva época para luchar contra este flagelo”, aseguró.

Por su parte, Daniel Lipovetzky también recordó los hechos de corrupción del kirchnerismo y expresó: “Ese dinero es de la gente y se pudo haber usado para la gente y no para llenar los bolsillos de funcionarios”.

Quienes anunciaron que el FPV se abstendría fueron Carmona y Tahilade. El primero bautizó a esta iniciativa como “ley OCDE” y denunció que es “preocupante la dinámica y la lógica del Gobierno”. Y completó: “El texto es insuficiente para combatir la corrupción. Es un pacto de impunidad para funcionarios y sus empresas”.

Por el lado del Frente Renovador, que acompañó en la votación en general pero mostró reservas en lo particular, Brügge sostuvo que “la ley es imperfecta” por lo que “mucho no se va a poder aplicar”. Y aprovechó para reivindicar dos pedidos del massismo: la imprescriptibilidad de los hechos de corrupción y la extinción de dominio, una norma que tiene media sanción pero que el Senado aún no debatió.

López, de la Izquierda, explicó que su bloque rechazaría el proyecto porque “no combate la corrupción” y porque “los cambios del Senado no modifican el salvataje a las empresas que se beneficiaron con la corrupción”. Con fuertes críticas, sentenció: “Es la ley y la trampa en un solo texto”.

El texto de la norma contempla que los delitos contra la administración pública cometidos por personas jurídicas prescriben a los seis años y las multas serán de dos a cinco veces la ganancia obtenida ilegalmente por la empresa. Y los delitos que abarca son cohecho, negociaciones incompatibles con la función pública, tráfico de influencias nacional o trasnacional, concusión, enriquecimiento ilícito y falsificación de balances.

Otro punto clave es la figura de “colaborador eficaz”, similar al arrepentido, en donde la empresa se puede comprometer a brindar datos precisos y útiles para avanzar con la causa. A cambio, se les reduce la pena. Aquí se eliminó el famoso “artículo Odebrecht”, que permitía a los acusados realizar con el Poder Ejecutivo “acuerdos administrativos” para dar información sin intervención de la Justicia. La oposición lo rechazó de plano.

Relacionado a esto, otra manera en que la empresa puede eximirse de la pena es si son ellos quienes detectan el delito y no el Estado o si implementan un programa de integridad o “compliance”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *