Jujuy

Hombre recibió 8 años de prisión por crimen en Libertador Gral. San Martín

El Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a Jorge Luis Romero a la pena de ocho años de prisión por ser autor material y responsable del delito homicidio simple; en tanto, absolvió por aplicación del beneficio de la duda a Julio Cesar Romero, quién fue enjuiciado acusado como presunto partícipe necesario en el delito de homicidio simple.

El pronunciamiento unánime, de los jueces Luis Ernesto Kamada, Cecilia Sadir y Antonio Llermanos, bajo la presidencia del primero de los nombrados, se conoció el pasado 2 de julio, cuando el secretario del Tribunal, Alejandro Castagna, leyó el veredicto, en la última audiencia del juicio oral y público.

De acuerdo con el requerimiento fiscal de elevación a juicio de la causa, el 17 de agosto de 2017, a las 21 aproximadamente, la víctima, Arnaldo Andrés Rueda, se dirigió a un inmueble situado en el barrio Balbín de la ciudad de Libertador General San Martín, donde residían los hermanos Julio Cesar Romero, alias “Kene”, y Jorge Luís Romero, alias “Piyi”, con el propósito de reclamarle a éste último, la devolución de una campera que momentos antes le había prestado.

Al llegar Rueda al lugar, también lo hizo el apodado “Piyi” a bordo de una motocicleta; entonces, la víctima le pidió la campera pero este se negó a entregársela, comenzando ambos a forcejear.

En ese instante, Julio Romero salió del interior de la vivienda, interviniendo en la pelea. Entre ambos hermanos tomaron a Rueda y lo llevaron empujando a la mitad de la calle.

Seguidamente, mientras Julio Romero peleaba con la víctima, Jorge Luís, con un cuchillo, le dio una puñalada a Rueda a la altura del cuello.

A bordo de la motocicleta, los hermanos Romero se dieron a la fuga, dirigiéndose a la casa de su abuela, a la que Julio le entregó el cuchillo que había empleado su hermano, Jorge Luis.

La mujer, envolvió el arma blanca en una bolsa de plástico y se la dio a un hombre, quién la arrojo al llamado “Canal de la Calera”.

Mientras tanto, la víctima, Arnaldo Andrés Rueda, quedó herido en el lugar de los hechos, produciéndose su deceso a causa de la gravedad de la herida.

Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó la Dra. Silvia Farall, mientras que los imputados fueron defendidos técnicamente por el Defensor Oficial , perteneciente al Ministerio Público de la Defensa Penal, Dr. Juan Pablo Canetti.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cual, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

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