Londres activará el proceso del Brexit con la UE el 29 de marzo
La primera ministra británica Theresa May activará el artículo 50 del Tratado de Lisboa, que inicia la salida del Reino Unido de la Unión Europea, el próximo miércoles 29 de marzo.
Un portavoz de la residencia oficial -número 10 de Downing Street- indicó que la jefa del Gobierno comparecerá ante el Parlamento ese mismo día para informar que ha invocado el artículo que inicia el proceso formal de negociaciones para la salida del bloque europeo.
La líder conservadora, fiel a su propio calendario y tras resistir las presiones de los partidarios del Brexit en su propio gabinete, está completando la carta que remitirá a Bruselas y que está previsto que llegue a su destino el miércoles de la próxima semana, según confirmó el representante permanente del Reino Unido ante la Unión Europea (UE), Tim Barrow.
Tras recibir esta misiva, el Consejo Europeo aprobará las llamadas líneas de negociación con Londres. A partir de ahí, la Comisión enviará un mandato de diálogo que los jefes de Estado y de Gobierno deberán refrendar para que sea el Ejecutivo comunitario -a través de la persona que ha elegido para esta tarea, Michel Barnier- quien lleve la voz cantante en el proceso de divorcio.
Según fuentes de Downing Street citadas por la agencia de noticias EFE, se espera que este periodo de conversaciones termine con la retirada del Reino Unido de la UE el 29 de marzo de 2019, casi tres años después de que los británicos votasen en un referéndum a favor de salir del “club” comunitario.
May informará a los diputados sobre la activación del artículo 50 en una declaración parlamentaria al término de la sesión semanal de preguntas a la primera ministra en la Cámara de los Comunes, que se celebra cada miércoles.
Por su parte, el ministro británico para la salida de la UE, David Davis, dijo este lunes en un comunicado que “el pueblo del Reino Unido tomó la decisión histórica de salir de la UE. El próximo miércoles, el Gobierno cumplirá con esa decisión y empezará formalmente el proceso para activar el artículo 50”.
El citado artículo, en vigor desde el 1 de diciembre de 2009, contempla por primera vez la posibilidad de que un Estado miembro decida voluntariamente abandonar el bloque, en un procedimiento que no está detallado, pero sí establece un plazo de dos años para alcanzar un acuerdo y abre la posibilidad de una prórroga.