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Grassi quedará libre antes de lo establecido en su condena

El 27 de marzo pasado la Corte Suprema de Justicia desestimó, por unanimidad, los recursos que presentó la defensa de Julio César Grassi, convalidando lo que ya había decidido la Suprema Corte Bonaerense. De esta manera, quedó firme la sentencia que había dictado el Tribunal Oral Criminal Nro. 1 de Morón, que condenó a Grassi a 15 años de prisión por el delito de abuso sexual agravado.

Al quedar firme el fallo -tratándose de una pena privativa de la libertad de cumplimiento efectivo- corresponde hacer cómputo del tiempo que el condenado ya estuvo detenido para descontarlo del total de la condena y así establecer cuánto le resta por cumplir.

Grassi fue detenido el 23 de marzo de 2002, recuperó la libertad el 21 de noviembre de ese año, es decir 28 días. Luego, volvió a estar detenido, esta vez bajo la modalidad de prisión domiciliaria, desde el 7 de marzo de 2012 hasta el 31 de mayo de ese año, o sea, dos meses y 24 días. Finalmente, volvieron a detenerlo el 23 de septiembre de 2013, transformándose esa detención en prisión preventiva en octubre de ese año. Grassi estuvo en esa situación, de manera ininterrumpida hasta ahora.

Ahora, según sostuvo una resolución del Tribunal Oral Nro. 1 de Morón, la detención de Grassi está alcanzada por el artículo 7 de la ley 24.390 vigente a la fecha de los hechos. Esta norma es la que se conoce popularmente como “ley del dos por uno”, derogada en junio de 2001. Esta ley establece que la prisión preventiva no puede superar los dos años, y el artículo mencionado estipulaba que transcurrido ese plazo cada día de prisión preventiva debía computarse como dos de prisión.

Conforme a esto, Grassi -al momento de quedar firme la condena- cumplió 3 años, 9 meses y 20 días detenido, debiendo computarse doble 1 año, 9 meses y 20 días, es decir, el excedente de los dos años. Esto da un total de 5 años, 7 meses y 10 días, por lo que le resta cumplir 9 años, 4 meses y 20 días. Por lo tanto, la pena impuesta a Grassi terminará el 10 de agosto de 2026. Vale aclarar que nuestro sistema de ejecución penal es progresivo por lo que antes de llegar a esa fecha podrá solicitar salidas anticipadas y al cumplir los dos tercios de la pena estará en condiciones de acceder al beneficio de la libertad condicional.

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