A partir de marzo se podrá comprar dólares en todos lados
El Banco Central abrió el juego y habilitó a los locales y personas físicas a operar en el mercado cambiario. Así, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá comprar y vender monedas.
El Banco Central habilitará a la operación en el mercado de cambios de comercios y personas físicas. Será a través de un trámite exprés y partir de marzo del 1° de marzo. De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá comprar y vender monedas.
“Las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el Mercado Libre de Cambios podrán funcionar como agencia de cambios”, informó la entidad que dirige Federico Stuzenegger. Habilitó ese mecanismo bajo el requisito de que quienes vendan dólares u otras monedas se inscriban en el Registro de operadores de cambio.
En el marco de la reglamentación del reciente Decreto 27/18, el Directorio del BCRA sancionó un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria, según explicó el comunicado, “con el objeto de brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva”.
También podrán operar con divisas las personas físicas que antes hayan constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).
En la práctica, y según explica el texto del Central, “un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal”. De la misma manera lo podrá hacer cualquier persona, y para la entidad así se facilita el acceso al cambio y beneficia a los turistas extranjeros.
El Registro de operadores de cambio funcionará online, será de libre acceso y estará disponible en la web del BCRA. Una vez cumplido el trámite de inscripción, las nuevas agencias de cambio quedarán habilitadas para comenzar a operar de inmediato. Las entidades cambiarias que operan en la actualidad serán incorporadas al Registro de manera automática.
Mediante este mecanismo también podrán inscribirse casas de cambio, que se distinguen de las anteriores por tener a la operación cambiaria como objeto exclusivo de actividad y por requerir un capital mínimo de $ 5 millones de. Las casas de cambio, a su vez, incorporan la posibilidad de realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas.