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Reempadronamiento por tarifa social en instituciones municipales


La Municipalidad de San Salvador de Jujuy, puso a disposición los Centros de Participación Vecinal, los Núcleos de Innovación y Desarrollo de Oportunidades, los Centros de Acción Municipal y los Centros de Integración Comunitaria, para que sean receptores de documentación para el reempadronamiento de la tarifa social eléctrica. Los vecinos ya pueden acercarse al punto más cercano a su domicilio.

Desde la coordinación gral. de Descentralización, dependiente de Intendencia, informaron que se están articulando las tareas  para llevar a cabo el reempadronamiento de este beneficio tan importante para la sociedad, en  todos los entes descentralizados que tiene el Municipio, trabajando en conjunto con el Gobierno de la Provincia y la SuSePu para agilizar este trámite.

Asimismo se detalló,desde la dirección general de Planificación, que los Centros Vecinales, también participarán del reempadronamiento, siendo agentes multiplicadores de información para todos los vecinos y recepcionando la documentación.

Los requisitos con los que deben presentarse los interesados, para armar el legajo que será presentado a la SuSePu  para su correspondiente evaluación, son: 

1- Fotocopia de última factura de energía eléctrica emitida. 

2-  Fotocopia de DNI del titular del servicio y de los miembros del grupo familiar. 

3- Constancia de CUIL del titular y de los miembros del grupo familiar.  

4-Si es beneficiaria de Programas Sociales, documento que acredite tal situación y/o fotocopia del último recibo de percepción del subsidio. 

5-Si es trabajador en relación de dependencia, Jubilado, Pensionado, beneficiario de una Pensión No Contributiva, Trabajador Desocupado que percibe seguro de Desempleo o ser titular de una pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, presentar fotocopia de recibo de haberes o pensión emitida por el empleador y/o ANSES, respectivamente. 

-Si está inscripto como monotributista o monotributo social, comprobante de inscripción en la AFIP.

6-Si es empleado/a de servicios domésticos, fotocopia de comprobante de pago de aportes a la seguridad social, realizado por el empleador. 

7-Si es persona con discapacidad, acreditar mediante el CUD otorgado por el Ministerio de Salud de la Provincia. 

8-Si forman parte del grupo familiar conviviente y tienen otros Ingresos, deberán cumplimentar con los requisitos 4, 5, 6, 7 y 8 precedentes. 

9-Si es mayor de 18 años, certificación de negatividad

10- Nota dirigida a: “Sr. Presidente de SUSEPU” : Ing. Héctor Rafael Simone 
 
Desde la SuSePu, el organismo encargado de otorgar el benefició, detallaron cuales son los criterios de inclusión para acceder al mismo:

Ingreso total por mes del grupo conviviente en base a parámetros de criticidad social,  a definir por la SUSEPU; ser beneficiario/a (o titular) de programas sociales, estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social; ser empleado/a de servicios domésticos (Ley 26.844); ser desocupado estar percibiendo el seguro de desempleo; ser titular de una pensión vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, y titular o integrantes del grupo conviviente con discapacidad acreditada mediante certificación expedida por el Ministerio de Salud de la Provincia.

Mientras que entre los criterios de exclusión se encuentran:  que entre los miembros del grupo conviviente sean propietarios de más de un inmueble; que algún miembro del grupo conviviente sea propietario de un vehículo automotor cuyo modelo tenga hasta cinto (5) años de antigüedad. La SuSePu podrá analizar casos especiales o excepcionales y de exclusión.

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