Actividades esenciales para la nueva fase de aislamiento social
El Gobierno de Jujuy adhirió al nuevo decreto Nacional de Necesidad y Urgencia 576/2020 en donde se declaran nuevas actividades esenciales, las cuales quedan autorizadas con condiciones y un estricto protocolo de bioseguridad aprobado por el COE a funcionar a partir de este martes 30 de junio.
El decreto nacional autoriza las siguientes actividades esenciales y podrán funcionar a partir de este martes 30 de junio:
Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
Oficinas de rentas de la provincia y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.
Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
Ópticas, con sistema de turno previo.
Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.