Para habilitar jardines de infantes y maternales el Municipio exigirá resolución del Ministerio de Educación
La secretaría de Gobierno del Ejecutivo Municipal, consideró como uno de los requisitos imprescindibles, la presentación de la Resolución del Ministerio de Educación de la Provincia a fin de obtener la habilitación correspondiente de los jardines de infantes y maternales instalados en el ejido municipal.
Al respecto, Gastón Millón, titular de la secretaría mencionada, explicó que atento a la presentación de aquellos establecimientos infantiles para obtener el permiso de habilitación municipal, se les recuerda que continúa en vigencia la Ordenanza que “no permite la instalación de nuevos establecimientos en el casco céntrico y que otorgó un plazo para retirarse aquellos que se encuentran en el lugar”.
En este sentido, se dio a conocer que uno de los principales requisitos en primer término, e imprescindible para obtener la habilitación es la Resolución Ministerial de incorporación a la enseñanza oficial, “puesto que, si se pretende habilitar un establecimiento, un jardín de infantes de 4, 5 años, que es obligatorio, tiene que tener el aval oficial para cumplir con la obligatoriedad”, dijo Millón y reiteró que no se puede habilitar jardines que no tengan la incorporación a la enseñanza oficial; mientras que los maternales, a partir de los 45 días, también por ley provincial requieren la necesidad de esa incorporación.
Por lo tanto, el primer trámite tiene que ser realizado en el Ministerio de Educación y solicitó a los padres que inscribirán a sus hijos a los jardines o sala maternales, verificar cuáles están habilitados, “si cuentan con el permiso y la Resolución Ministerial, que es lo más importante”.
Recordó que la Dirección de Habilitaciones Comerciales y Permisos, sita en Hipólito Yrigoyen 1328, atiende normalmente por la mañana a fin de que los interesados se presenten con tiempo y cumpliendo todos los requisitos.