Bullying: Una escuela deberá pagar más de 6 millones de pesos a una exalumna
Una adolescente víctima de bullying recibirá una indemnización de más de 6 millones de pesos por parte de la escuela donde sufrió el hostigamiento y donde pidió ayuda insistentemente sin éxito, tal como ordenó el fallo de un tribunal de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata que fue aún más contundente que la sentencia que había dado a conocer Mariana Lucía Tonto de Bessone, la titular del Juzgado Civil y Comercial N°10 donde se cursó la demanda, en noviembre pasado.
Los maltratos fueron psicológicos, físicos y llegaron a provocarle a la adolescente -en la seguidilla de episodios entre 2016 y 2019- diversas internaciones donde los médicos dejaron asentados diagnósticos de convulsiones y epilepsia. Los psicólogos que la trataron también destacaron una incidencia directa de sus pesares con los vínculos que mantenía con sus compañeros.
La situación era conocida por todos los alumnos de cuarto año del Instituto Galileo Galilei, ubicado en el barrio Las Américas, ya que los padres de la víctima acudieron insistentemente para pedir que se arbitren las garantías para que cesen los abusos y ella pueda culminar sus cursadas de secundaria.
Incluso la menor llegó a escribir a una carta que le pidieron expresamente al director que lea frente a sus compañeros para que sepan qué le estaba pasando y el daño que le hacía, producto del hostigamiento dentro y fuera de la escuela. Ese escrito, consta en las actas, nunca se leyó. “El deseo de la alumna -dijo la jueza Tonto de Bessone- para recomponer la relación previo a realizar el viaje o la fiesta de egresados quedó trunco ante la sugerencia de los directivos de no leerla ni generar un espacio de reflexión o interacción al respecto”, puntualizó en su sentencia.
La sentencia que lleva la firma de los jueces Ricardo Monterisi, Roberto Loustaunau y Alfredo Méndez se destacó porque tuvo en cuenta la perspectiva de género, por la condición de menor y de mujer de la demandante, y consideraron la prueba suficiente para acreditar la “situación de vulnerabilidad y discriminación sufrida” en las aulas y pasillos del colegio.
El acoso escolar comenzó a través de “abucheos, silbidos, gritos y críticas” por parte de un grupo de sus compañeros que en poco tiempo pasaron a “ultrajes físicos”, como documenta el fallo judicial, que se materializó en “empujones y trabas para que se tropezara”, entre todos.
Los padres de la joven indicaron que “llegaron a mancharle un sweater a propósito, le pusieron un chicle en el pelo y le derramaron gaseosa en su cabeza”. En tanto, a través de la declaración de uno de sus amigos, trascendió que la calificaban como “tragalibros”, o “la estudiosa”, al tiempo que recibía “distintas amenazas” para “que no mande al frente a todos”
El daño más grave, según los letrados, fue que las autoridades educativas no le creyeran ni estuvieran a la altura para frenar la onda expansiva de violencia. La minimizaron y razonaron que “tal vez las situaciones que pudo haber vivido no fueron tan estresantes o directamente nunca existieron”. En uno de los tramos salientes del descargo se describe que sus pares”la miraban mal, le decían que sus ideas eran muy malas, la discriminaban, y la dejaban afuera de los grupos WhatsApp”
Por su parte, la pericia psicológica, dio a conocer que vivió eventos “perturbadores” para ella que desembocaron en un “trastorno de conversión con convulsiones”
Especialistas coincidieron en señalar que “las situaciones emocionales y de estrés eran desencadenantes de las crisis epilépticas” y que “las situaciones emocionales y de estrés eran desencadenantes de las crisis epilépticas”. El neurólogo personal de la demandante tuvo que recomendarle que se alejara “de fuentes de estrés o evitarlas a toda costa, incluyendo a la escuela”
No solo los directivos o el equipo de orientación escolar quedaron en jaque por la reiteración de los maltratos, sino muchos de los profesores que vieron alterado el curso de sus clases donde ocurrieron los maltratos y otros episodios marcados por la crueldad.
Ante los cuestionamientos de la familia de la víctima, una de las soluciones que le ofrecieron desde la institución fue “mandarla a hacer una terapia”, en una clara falla a las normas que rigen la contención de los niños en contextos educativos.
Citando el artículo 1767 del Código Civil y Comercial, los funcionarios judiciales instaron al instituto para compensar el daño sufrido y causado, al atribuir una responsabilidad “objetiva y agravada” ya que los alumnos menores se encontraban bajo control de la autoridad escolar.
En la reciente sentencia de la Cámara de Apelaciones, se decidió incrementar el monto de indemnización que había fijado en una primera instancia Mariana Lucía Tonto de Bessone. De esta manera, los costos se dividirán por “incapacidad sobreviniente a un total $3.178.847,98” y por “daño moral a la suma de $3.199.999”