“Es una opinión, no un dictamen ni una resolución”, dijo Mariano Miranda
Sobre la Opinión del Grupo de Trabajo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, que asegura que la dirigente Milagro Sala está detenida en forma arbitraria por falta de desafuero, el fiscal de Estado de Jujuy, Mariano Miranda, recordó que la Cámara Nacional Electoral declaró inconstitucional el artículo 16 de la Ley 27.160 que otorgaba los fueros a los legisladores del Parlasur.
El escrito difundido es una opinión de un grupo de trabajo del consejo de DDHH de la ONU. No es un dictamen ni una resolución”, aclaró Miranda quien agregó “no se consideran elementos importantes sobre la situación procesal. La señora Sala no cuenta con fueros”, remarcó en respuesta a los puntos 114 y 115 de dicha Opinión.
“No está en discusión la pertenencia de la República Argentina y su ordenamiento legal al sistema de Naciones Unidas, así como el sometimiento a las normas internacionales: Declaración Universal de los DDHH y Pacto de San José de Costa Rica y su rango constitucional”, señaló el fiscal de Estado y destacó que “entendemos que esta OPINIÓN será observada por la justicia de Jujuy. Los jueces por su condición de independientes de cualquier otro poder han decidido la situación procesal de Sala en función de las denuncias por hechos de corrupción debidamente fundadas”.
Miranda se refirió a las causas por la sustracción de 29 millones de pesos del 9 de diciembre de 2015 y la no realización de más de dos mil viviendas que fueron pagadas por el Estado nacional durante el bienio 2014-2015, ambos actos de corrupción fueron constatados y verificados a partir del cambio de gobierno.
“Cabe destacar -dijo Miranda- que durante años se llevaron adelante numerosas denuncias ante jueces ausentes, que protegían la dirigente k imputada y sus métodos violentos. Desde 2010 hasta 2015 Milagro Sala gozó de la protección de impunidad que le garantizaba tanto el gobierno Provincial como Nacional”.