Ordenan reabrir la causa en la que se investiga a De Vido
La Cámara Federal porteña ordenó reabrir una causa contra el ex ministro de Planificación Federal, en la que se lo investiga por presuntas dádivas al Poder Judicial a raíz de la entrega, a fines del 2015, de computadoras y televisores.
La decisión fue tomada por la Sala II del tribunal de apelaciones, que revocó un fallo de primera instancia con el que el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi había dispuesto el sobreseimiento de Julio De Vido.
La denuncia contra el ex funcionario kirchnerista había sido presentada en julio pasado por juez de la cámara de Casación Juan Carlos Gemignani, el mismo día que ordenó detener a una secretaria judicial por negarse a realizar un inventario del contenido de unas cajas arrumbadas en una sala de audiencia de Comodoro Py.
Gemignani, quien está siendo investigado a su vez por la presunta privación ilegítima de la libertad de la secretaria Maria Amelia Expucci, sostuvo en aquel entonces que esas cajas enviadas por el ministerio de Planificación eran dádivas para el Poder Judicial.
El camarista también denunció a Expucci porque la secretaria le dijo que no le correspondía realizar esa tarea durante la feria de invierno sin consultar previamente al camarista de turno, Eduardo Riggi.
La denuncia fue impulsada por el fiscal Franco Picardi y tras la realización de una serie de medidas de prueba el juez Martínez Di Giorgi dispuso el sobreseimiento del ex ministro De Vido porque consideró demostrado que la entrega de las computadoras había sido informada y era parte programa oficial que incluía un convenio firmado con el Consejo de la Magistratura.
La decisión de la Cámara Federal de reabrir el expediente se produjo tras la apelación realizada por la titular de la Oficina Anticorrupción, Laura Alonso, luego de que se conociera el fallo de primera instancia.
Los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun consideraron prematuro el sobreseimineto con el que fue beneficiado el ex ministro y ordenaron profundizar la investigación ante la posibilidad de que se hubieran cometido los delitos de “administración fraudulenta, malversación de caudales públicos y/o violación de los deberes de funcionario público”.
En la resolución, los camaristas sostuvieron que es preciso establecer “si medió comunicación o intervención del Consejo de la Magistratura sobre tales tratativas, y si los aparatos tecnológicos habidos resultaban aptos para la prestación de servicio -y cuál-, al no haber sido sometidos a estudio técnico”.