Ampliaron la licencia por maternidad en la provincia
La Legislatura aprobó la N°6.249 de Modificación de la Ley N°3.161 – Estatuto para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy. En concordancia con los nuevos paradigmas en derechos humanos y convenciones internacionales, modifica la Ley N°3.161 – Estatuto para el Personal de la Administración Pública de la Provincia de Jujuy, determinando que el personal que se encuentre en periodo de gestación tendrá licencia por nacimiento, con goce de haberes, de 120 días corridos. Asimismo, gozará de un permiso especial de lactancia durante seis meses posteriores al parto.
En el caso de la persona no gestante, la misma tendrá licencia por nacimiento de treinta días corridos a partir de la fecha de parto.
De igual manera, la nueva normativa crea la licencia por adopción, estableciendo 120 días corridos desde la fecha en que la autoridad judicial o administrativa competente notifique el otorgamiento de guardia con vistas a futura adopción. También aclara “si ambos fueran a la vez agentes dependientes de la administración pública provincial, el plazo de 120 días de licencia podrá ser distribuido entre los mismos y usufructuado en forma simultánea o consecutiva”