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Bonadio rechazó el pedido de Cristina para ser enviada de inmediato a juicio oral

El juez federal Claudio Bonadio rechazó hoy por “improcedente” y calificó de “impertinente, extemporáneo y carente de estilo” el planteo de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien reclamó ser enviada con premura a juicio oral en la causa donde está procesada por la venta de dólar futuro en el final de su gobierno, según una resolución firmada hoy.

Bonadio ordenó a la Unidad de Información Financiera que le informe si se registran reportes de operaciones sospechosas (ROS) sobre personas físicas o jurídicas que fueron denunciados como compradores de dólar futuro. El juez incluyó en el listado a Gustavo Lopetegui, José Torello, Miguel Galuccio, Martín Lousteau, Pablo Curat y a las sociedades “Chery Socma Argentina SA”, “Caputo Saicyf”, “Asatej SRL” y “Pegasus Argentina SA”.

Se trata de la contradenuncia hecha por un grupo de diputados kirchneristas para que se investigue posibles delitos cometidos por los compradores de dólar futuro, que habrían resultado beneficiados con la devaluación posterior de esa moneda y que están ligados al macrismo.

Esa causa también quedó a cargo de Bonadío por decisión del juez federal Sergio Torres, que entendió que tiene un objeto de investigación similar a la que se sigue a la ex Presidenta y los demás ex funcionarios de su gobierno ya procesados. En lo referido al planteo de la ex Presidenta para ser enviada a juicio apenas confirmado su procesamiento por la Cámara Federal, Bonadío lo desestimó por improcedente, en duros términos dirigidos a su defensa.

El juez advirtió al abogado de la ex Presidenta, Carlos Beraldi, que evite “alegaciones políticas” en sus presentaciones en la causa y que “en lo sucesivo” ajuste sus peticiones “a las cuestiones atinentes al desarrollo” de la pesquisa, según la resolución. El magistrado devolvió el escrito presentado por la ex Presidenta al abogado y advirtió que su presentación fue “claramente improcedente, impertinente, extemporánea y carente de estilo”.

“Tanto el abogado defensor como su comitente en esta causa, tienen la suficiente expertise en derecho como para saber que las peticiones tienen que estar ajustadas conforme a las normas vigentes”, afirmó el juez. Y, en este sentido, “corresponde hacer notar que el proceso de elevación a juicio con posterioridad a la confirmación de un procesamiento tiene tres pasos que no pueden ser soslayados y por tanto se deben respetar esos plazos procesales”, concluyó.

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