La Justicia le prohibió a los directivos de Uber Argentina salir del país
La justicia porteña dispuso la “prohibición absoluta de salida del país” a cinco directivos de la empresa Uber Argentina, por considerar “insuficiente” la “restricción de aviso” que ya se había dispuesto sobre ellos para cruzar las fronteras, en el marco de una causa por “evasión fiscal agravada”, informó hoy el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad.
La resolución, emitida por la Sala de Feria Penal Contravencional y de Faltas porteña para Enrique Gibert, Roberto Rattagan, Ricardo Mihanovich, Fernando Cao y Diego Oliveira, indica que deberán requerir “excepcionalmente autorización jurisdiccional para salir del país”.
Así, los jueces Marcelo Vázquez y Jorge Franza respondieron a la apelación que presentó el fiscal porteño Martín Lapadú, quien planteó que la restricción de “aviso” de salida era “insuficiente” y solicitó que se decretara la prohibición absoluta.
“Lo solicitado resulta razonable toda vez que los riesgos procesales que se señalan en la propia resolución no se neutralizan requiriendo un mero aviso”, argumentaron los jueces en la sentencia.
Destacaron que “ningún imputado en un proceso penal puede abandonar el país cuando quiere y como quiere” sin la previa autorización del juez de Garantías.
Con esa nueva orden judicial, en caso de querer ausentarse de la Argentina los cinco representantes deberán pedir autorización “con suficiente antelación” e informar a la fiscalía el lugar de destino, plazo de estadía, los motivos del viaje y “toda la información que les sea requerida a fin de despejar cualquier sospecha de intento de fuga”.
Si no cumplen, la Fiscalía puede solicitar la “rebeldía y captura de los fugados y su correspondiente prisión preventiva”.
“Se va cerrando el cerco sobre los directivos de Uber Argentina, y con esta medida que avala la petición realizada por la Fiscalía quedó demostrado que los imputados pueden profugarse o entorpecer el proceso”, dijo Lapadú.
Por su parte el juez Víctor Trionfetti, a cargo del Juzgado 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, habilitó ayer la feria judicial para ratificar una medida cautelar de abril de 2016 en la que ordenaba al gobierno porteño suspender “de modo inmediato” cualquier actividad que Uber desarrollara en su jurisdicción.
“La actividad de Uber en la Ciudad de Buenos Aires infringiría el sistema jurídico, debido a una serie de posibles violaciones a normas constitucionales y leyes locales”, argumentó el magistrado, y consideró probable que la compañía realice una actividad que “resultaría ilícita”.
En respuesta a la orden de Trionfetti, fuentes de Uber aseguraron en diálogo con Télam que la aplicación “continúa funcionando con absoluta normalidad, amparada por el Código Civil y Comercial”.
“Ante informaciones que circularon recientemente y pueden generar confusión acerca del servicio, Uber ratifica que continúa funcionando con absoluta normalidad amparado por el Código Civil y Comercial, que permite establecer un contrato de transporte entre privados”, afirmaron fuentes de la compañía.
Agregaron que en “las más de 700 ciudades” donde opera, Uber demostró su “voluntad” de trabajar conjuntamente con las autoridades locales desarrollando “más de 120 regulaciones distintas y modernas que fueron fruto de acuerdos constructivos” y “producto del interés por incorporar la innovación y nuevas oportunidades”.
A fines de noviembre de 2017, la Sala III de la Cámara de Apelaciones del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas ratificó en una resolución la “conducta ilícita de evasión tributaria” de Uber.
La resolución, emitida por la Sala de Feria Penal Contravencional y de Faltas porteña para Enrique Gibert, Roberto Rattagan, Ricardo Mihanovich, Fernando Cao y Diego Oliveira, indica que deberán requerir “excepcionalmente autorización jurisdiccional para salir del país”.
Así, los jueces Marcelo Vázquez y Jorge Franza respondieron a la apelación que presentó el fiscal porteño Martín Lapadú, quien planteó que la restricción de “aviso” de salida era “insuficiente” y solicitó que se decretara la prohibición absoluta.
“Lo solicitado resulta razonable toda vez que los riesgos procesales que se señalan en la propia resolución no se neutralizan requiriendo un mero aviso”, argumentaron los jueces en la sentencia.
Destacaron que “ningún imputado en un proceso penal puede abandonar el país cuando quiere y como quiere” sin la previa autorización del juez de Garantías.
Con esa nueva orden judicial, en caso de querer ausentarse de la Argentina los cinco representantes deberán pedir autorización “con suficiente antelación” e informar a la fiscalía el lugar de destino, plazo de estadía, los motivos del viaje y “toda la información que les sea requerida a fin de despejar cualquier sospecha de intento de fuga”.
Si no cumplen, la Fiscalía puede solicitar la “rebeldía y captura de los fugados y su correspondiente prisión preventiva”.
“Se va cerrando el cerco sobre los directivos de Uber Argentina, y con esta medida que avala la petición realizada por la Fiscalía quedó demostrado que los imputados pueden profugarse o entorpecer el proceso”, dijo Lapadú.
Por su parte el juez Víctor Trionfetti, a cargo del Juzgado 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, habilitó ayer la feria judicial para ratificar una medida cautelar de abril de 2016 en la que ordenaba al gobierno porteño suspender “de modo inmediato” cualquier actividad que Uber desarrollara en su jurisdicción.
“La actividad de Uber en la Ciudad de Buenos Aires infringiría el sistema jurídico, debido a una serie de posibles violaciones a normas constitucionales y leyes locales”, argumentó el magistrado, y consideró probable que la compañía realice una actividad que “resultaría ilícita”.
En respuesta a la orden de Trionfetti, fuentes de Uber aseguraron en diálogo con Télam que la aplicación “continúa funcionando con absoluta normalidad, amparada por el Código Civil y Comercial”.
“Ante informaciones que circularon recientemente y pueden generar confusión acerca del servicio, Uber ratifica que continúa funcionando con absoluta normalidad amparado por el Código Civil y Comercial, que permite establecer un contrato de transporte entre privados”, afirmaron fuentes de la compañía.
Agregaron que en “las más de 700 ciudades” donde opera, Uber demostró su “voluntad” de trabajar conjuntamente con las autoridades locales desarrollando “más de 120 regulaciones distintas y modernas que fueron fruto de acuerdos constructivos” y “producto del interés por incorporar la innovación y nuevas oportunidades”.
A fines de noviembre de 2017, la Sala III de la Cámara de Apelaciones del Fuero Penal, Contravencional y de Faltas ratificó en una resolución la “conducta ilícita de evasión tributaria” de Uber.