Jujuy

Profundizan las medidas sanitarias en Tribunales

A partir del pasado 4 de noviembre de 2020, el Superior Tribunal de Justicia, resolvió el restablecimiento de la actividad del Poder Judicial como función esencial del Estado de Derecho, en el marco de la emergencia ocasionada por la pandemia del Covid-19.

Así lo dispuso mediante Acordada N° 124/2020, de fecha 29 de octubre de 2020, teniendo en cuenta que el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno Provincial resolvieron que la Provincia de Jujuy y todos sus Departamentos pasen a una nueva fase epidemiológica de DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO  y OBLIGATORIO (DISPO), situación que no ha variado.

En ese marco se desarrolla la actividad de la presente Feria Judicial, tornándose necesario recordar la plena vigencia de las medidas sanitarias y de protección de la población de usuarios y trabajadores del Poder Judicial   dispuestas en la Acordada N° 124/2020.

Entre ellas, se destaca la obligación de inmediata comunicación por parte de jueces, juezas, funcionarios, funcionarias, empleados y empleados al Departamento de Personal y al Departamento Médico del Poder Judicial de todos aquellos casos de personas con síntomas compatibles con Covid-19, como así también de aquellas personas que hubiesen tenido contacto estrecho con casos sospechosos.

Quienes se encuentren comprendidos en alguna de las situaciones descriptas no deberán presentarse a su lugar de trabajo, debiendo comunicar tal circunstancia inmediatamente a los Departamentos mencionados.

Para tal motivo, durante el mes de enero y por casos relacionados a Covid-19, el Departamento Médico, en el Centro Judicial San Salvador de Jujuy, dispone de los siguientes números de teléfonos celulares y/o correos electrónicos:

Por otra parte, de las medidas dispuestas por la Acordada Nº 124/2020, especial énfasis se debe hacer en el cumplimiento de aquellas que tiendan a disminuir la afluencia de público a las oficinas judiciales, como evitar reuniones o condiciones de trabajo en los que no se guarde la distancia social y física conveniente.

En ese sentido, cabe destacar la importancia, en todos los casos, de mantener la distancia social y la física aconsejada por las normas de higiene y salubridad, el uso de máscaras protectoras, y el aseo permanente de manos, lugares y elementos de trabajo.

Además, se recuerda la obligatoriedad del uso correcto de barbijo, advirtiendo que dicho requisito es indispensable para el acceso y permanencia en cualquiera de los edificios del Poder Judicial.

Los jueces, las juezas, funcionarios, funcionarias, empleados y empleadas, sin perjuicio de la limpieza general de las instalaciones, deberán proveerse de un equipo individual de higiene y bioseguridad, el que deberá permanecer en el lugar de trabajo, a los fines de extremar las medidas de salubridad.

También, es dable recordar, que las personas que ingresen para la realización de trámites deben permanecer a la distancia de un metro cincuenta centímetros de la barandilla o escritorio de atención.

En los casos de espera, los usuarios deberán mantener siempre una distancia mínima de un metro cincuenta centímetros con relación a otras personas o empleados.

El cumplimiento de lo antedicho es de carácter obligatorio, por lo que la no observancia habilitará la aplicación de las medidas correctivas dispuestas en la normativa vigente.

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