Jujuy

La declaración jurada de Ingresos Brutos se hará por web

El director general de Rentas de la Provincia, Daniel Alemán, anticipó que a partir del próximo 1 de julio entrará en vigencia la presentación de las declaraciones juradas vía web, conforme lo establece la Resolución General 1334/16.

En ese sentido, aclaró que actualmente el organismo tiene dos sistemas específicos para que el contribuyente pueda dar cumplimiento a la presentación sobre los impuestos de ingresos brutos. Por una lado, el aplicativo provisto por la AFIP a través de Rentas que es la Declaración Unificada Impositiva (DIU), que se presenta con clave fiscal de AFIP por intermedio de esa página. Es decir, que los contribuyentes que tengan clave fiscal de AFIP pueden presentar su declaración jurada de ingresos brutos los aportes que correspondan por Ingresos Brutos a la provincia.

Por otro lado, Rentas tiene su propia página Web con su propia clave fiscal de declaración de ingreso brutos para contribuyentes locales y otra alternativa que es una presentación espontánea (vía pendrive o CD) desde donde toma esa información, sistema que se tratará de eliminar a partir de la aplicación de la nueva resolución.

En definitiva la Resolución 1434/16 establece que , a partir del anticipo 6/2016 cuyo vencimiento opera en el mes de julio de 2016, incluso las rectificativas de periodos anteriores, los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilizan el Aplicativo Domiciliario SiDeJu (Sistema de Declaración Jurada), deberán presentar sus declaraciones juradas a través de la utilización obligatoria de la clave fiscal, accediendo para ello a la página web de la Dirección Provincial de Rentas www.rentasjujuy.gob.ar Aplicación “Ingresos Brutos-Presentación DDJJ”; conforme al procedimiento previsto en la Resolución General N° 1369/2014.

Quedan excluidos de la obligación dispuesta los contribuyentes que revistan la condición de Monotributistas Sociales que podrán continuar con presentación de declaraciones juradas en forma manual; y aquellos que estén obligados o hayan optado por la presentación de las declaraciones juradas mediante Sistema DIU ISIB (Declaración Impositiva Unificada – Impuesto Sobre los Ingresos Brutos).

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